RUI y Sisbén: ¿qué deberán hacer las entidades desde el 1 de agosto con la entrada en vigencia del nuevo sistema?

Desde el 1 de agosto de 2026 inicia la implementación del Registro Universal de Ingresos (RUI). Durante el período de transición, las entidades públicas deberán adoptar nuevas medidas para hacer una transición segura.

Por: Juana Medina Alvarez

Periodista
RUI y Sisbén: ¿qué deberán hacer las entidades desde el 1 de agosto con la entrada en vigencia del nuevo sistema?

El Registro Universal de Ingresos (RUI) comenzará a operar el 1 de agosto de 2026, mientras las entidades públicas avanzan en la transición desde el Sisbén.

Colprensa / Freepik

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A partir del 1 de agosto de 2026 comenzará oficialmente la implementación del Registro Universal de Ingresos (RUI) como nuevo instrumento de focalización de programas sociales en Colombia. Sin embargo, el Departamento Nacional de Planeación (DNP) aclaró que el cambio será gradual y que el Sisbén no desaparecerá, sino que seguirá siendo una de las principales fuentes de información del nuevo sistema.

Con el Decreto 662 del 26 de junio de 2026, el Gobierno amplió el período de transición para que las entidades públicas puedan completar los ajustes técnicos y operativos necesarios antes de adoptar completamente el RUI.

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¿Qué deberán hacer las entidades desde el 1 de agosto?

Con la entrada en vigencia del RUI, las entidades responsables de subsidios, programas sociales y otros beneficios deberán cumplir varias obligaciones durante el proceso de transición. Entre ellas se encuentran:

  • Adoptar un plan de transición mediante un acto administrativo propio.
  • Publicar un cronograma con las actividades que desarrollarán para implementar el RUI.
  • Definir los mecanismos de atención al ciudadano durante el cambio del sistema.
  • Informar a los beneficiarios sobre cómo será la transición y resolver dudas de la población.
  • Continuar coordinando con el Departamento Nacional de Planeación (DNP) para caracterizar a los hogares y definir los criterios de ingreso, permanencia y salida de cada programa social.

Estas medidas estarán vigentes durante el período de transición, que se extenderá hasta el 31 de octubre de 2026 para las personas que ya estaban registradas en el Sisbén antes del 31 de julio.

¿A qué grupo del Sisbén perteneces? Consúltalo aquí.

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¿Qué pasa con quienes ya están en el Sisbén?

El DNP reiteró que las familias registradas en el Sisbén no perderán automáticamente sus beneficios.

Quienes ya estaban identificados o focalizados harán la transición de manera gradual, mientras las entidades implementan el nuevo sistema.

Además, Planeación Nacional enfatizó que no es necesario volver a solicitar la encuesta del Sisbén ni realizar trámites inmediatos para conservar los subsidios.

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¿Qué es el RUI y qué cambia frente al Sisbén?

El Registro Universal de Ingresos (RUI) clasificará a los hogares con base en sus ingresos reales, utilizando la información del Registro Social de Hogares. Para ello integrará datos provenientes de diferentes entidades del Estado, entre ellas:

  • Sisbén.
  • Registraduría.
  • DIAN.
  • PILA.
  • Otros registros administrativos autorizados.

El objetivo es que la información de los hogares pueda actualizarse con mayor frecuencia y que la asignación de subsidios refleje mejor la situación económica de cada familia.

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¿Los ciudadanos deben hacer algún trámite desde el 1 de agosto?

El DNP aclaró que los hogares no deben realizar ningún trámite inmediato cuando entre en funcionamiento el RUI.

Si en algún momento se requiere actualizar información, las entidades territoriales informarán oportunamente los pasos que deberán seguir los ciudadanos.

En caso de encontrar datos desactualizados, las personas podrán acudir a la Ventanilla Social habilitada por las entidades territoriales para consultar o solicitar correcciones.

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¿Hasta cuándo será la transición?

El proceso de transición entre el Sisbén y el Registro Universal de Ingresos (RUI) se extenderá hasta el 31 de octubre de 2026 para quienes ya estaban registrados en el sistema antes del 31 de julio.

Durante ese período, las entidades deberán continuar informando a la ciudadanía sobre los cambios y garantizar que la implementación del nuevo modelo se realice de manera gradual.