¿Cuánto tiempo tiene un arrendatario para entregar un inmueble sin contrato firmado?

Un arrendatario también tiene derechos y plazos definidos por la ley, incluso cuando el acuerdo fue solo verbal con el arrendador.

¿Cuánto tiempo tiene un arrendatario para entregar un inmueble sin contrato firmado?

Aunque no exista contrato firmado, el arrendatario no puede ser desalojado de inmediato.

Freepik

Compartir
Síguenos en Google Discover

Los contratos de arriendo en Colombia, con el paso de los años, han tomado mayor importancia dadas las situaciones legales y públicas que se han conocido con casos de abuso de la autoridad y apropiación por parte de los inquilinos en los inmuebles arrendados. 

Más noticias: Plazos legales y requisitos para solicitar el auxilio funerario en Colombia

Muchas veces, estos acuerdos no pasan por un papel y se mantienen a través de un contrato "verbal" o comúnmente conocido como "de palabra" el cual, sin importar que no haya un papel escrito, mantiene la validez legal, los requisitos y tiempos pactados por las dos partes, basado en la Ley 820 de 2003, encargada de regular el arrendamiento de vivienda urbana en el país.

¿Cuál es el tiempo mínimo para que un inquilino le desocupe a un arrendatario si realizó un contrato verbal de arrendamiento?

Aunque un contrato verbal no quede por escrito, la ley colombiana lo reconoce como válido en materia de arrendamientos. Este es el caso de muchos colombianos que arriendan a familiares, amigos o recomendados y no realizan un pacto escrito cuando arriendan su inmueble.

Sin embargo, cuando se presentan situaciones de desacuerdos personales, incumplimientos en el pago del canon de arrendamiento o problemas relacionados con el corte de servicios públicos en el inmueble arrendado, el arrendador tiene la facultad de terminar el acuerdo verbal y solicitar la entrega del inmueble.

¿Cuánto tiempo tiene un arrendatario para entregar un inmueble sin contrato firmado?
Freepik

Sin importar que este contrato de arriendo se haya realizado a través de "palabra", la ley establece que el arrendador debe notificar al arrendatario con un plazo mínimo de tres meses de anticipación a la fecha en que quiere recuperar su propiedad. 

Este plazo es innegociable y busca darle al inquilino suficiente tiempo para encontrar una nueva vivienda y organizar su mudanza sin ninguna presión o recurso legal que interponga el arrendador. Es importante tener en cuenta que las dos partes involucradas continúan manteniendo sus responsabilidades con el inmueble y, si no se respeta esta notificación, se dará por entendido que hay una prórroga del acuerdo verbal bajo las mismas condiciones anteriores.

Te puede interesar: ¿Cómo verificar si tienes una demanda activa ante la Fiscalía General de la Nación?

 

¿Qué pasa si el arrendatario se niega a salir con este tipo de contrato?

En situaciones donde el inquilino se rehúsa a desocupar el inmueble una vez cumplido el plazo de tres meses desde la notificación, el arrendador puede iniciar un proceso de restitución de inmueble ante las autoridades competentes. Este procedimiento legal permite, tras un fallo, ordenar formalmente la entrega de la propiedad.

Lee también: ¿En qué casos los fondos de pensiones en Colombia deben indemnizar a los pensionados?

¿Cuánto tiempo tiene un arrendatario para entregar un inmueble sin contrato firmado?
Freepik

¿Qué debe saber tanto el arrendador como el inquilino antes de terminar un acuerdo de arriendo verbal?

Antes de solicitar la entrega de un inmueble sin contrato firmado, la ley recomienda que ambas partes realicen una constancia física en donde se establezca la terminación de su relación; esto ayuda a evitar discusiones futuras entre las dos partes que impliquen un mayor desarrollo jurídico a largo plazo.

Temas en este artículo