Vape en Colombia 2026: estas son las sanciones y restricciones de su uso

El uso de vapeadores en Colombia ya tiene nuevas reglas. La ley endureció las restricciones para la venta, publicidad y consumo de cigarrillos electrónicos, incluyendo fuertes multas y sanciones económicas.

Vape en Colombia 2026: estas son las sanciones y restricciones de su uso

Sanciones por uso de vape en Colombia

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El uso de cigarrillos electrónicos y dispositivos de vapeo en Colombia cuenta con una regulación específica desde 2024, con la entrada en vigencia de la Ley 2354, el país endureció las medidas frente a la comercialización, publicidad y consumo de vapeadores, especialmente para proteger a menores de edad y controlar su uso en espacios públicos.

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La normativa, aprobada por el Congreso de la República, buscaba establecer reglas claras para fabricantes, comerciantes y consumidores de estos productos, luego del crecimiento acelerado del vapeo entre jóvenes y adolescentes en Colombia.

¿Qué prohíbe la Ley 2354 de 2024 sobre el vapeo en Colombia?

Uno de los puntos más importantes de la ley es la prohibición total de venta de cigarrillos electrónicos y vapeadores a menores de 18 años. Los establecimientos comerciales que incumplan esta medida podrían enfrentar sanciones económicas, investigaciones administrativas e incluso cierres temporales.

Además, la regulación establece controles sobre la publicidad y promoción de estos dispositivos. Desde ahora, los anuncios de vapeadores no podrán difundirse libremente en medios masivos ni redes sociales dirigidas a públicos jóvenes.

La intención es evitar que estos productos sean vistos como artículos de moda o entretenimiento entre adolescentes.

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Vapeadores en espacios públicos: lugares donde no se pueden usar

La Ley 2354 también amplió las restricciones de consumo en espacios cerrados y públicos. Esto significa que los vapeadores quedan sujetos a reglas similares a las del cigarrillo tradicional.

Por esa razón, no se permite vapear en lugares como:

  • Oficinas y espacios laborales cerrados.
  • Transporte público.
  • Restaurantes y bares.
  • Centros comerciales.
  • Instituciones educativas.
  • Espacios cerrados de acceso público.

La medida busca reducir la exposición involuntaria al vapor y proteger a personas no consumidoras.

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¿Qué sanciones podrían recibir quienes incumplan la norma?

Aunque las multas pueden variar según el tipo de infracción y la autoridad competente, la ley contempla sanciones para comercios y personas que incumplan las restricciones.

Con el salario mínimo de 2026 en $1.750.905, las multas quedaron así:

  • Venta de vapeadores a menores: entre $1.750.905 y $5.252.715.
  • Publicidad ilegal o promoción indebida: desde $3.501.810 y hasta más de $525 millones, dependiendo de la infracción.
  • Incumplir normas de etiquetado y advertencias sanitarias: multas entre $437 millones y $525 millones.
  • Reincidencias o faltas graves pueden superar los $700 millones.
  • También podrían aplicarse decomisos, cierres temporales y sanciones administrativas a establecimientos.

Las autoridades locales y entidades de salud tendrán mayores facultades de inspección y control para verificar que los productos cumplan con la regulación vigente.

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Etiquetas y empaques también tendrán cambios

Otro de los cambios importantes tiene que ver con la presentación de los productos. Los vapeadores y cigarrillos electrónicos deberán incluir advertencias sanitarias visibles, además de información clara sobre sus componentes.

La ley también prohíbe empaques o diseños que puedan resultar atractivos para menores de edad, especialmente aquellos con colores llamativos, caricaturas o elementos visuales asociados al público infantil

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