Prima de servicios 2026: ¿Te la deben pagar si renunciaste o te despidieron este año?
Con la fecha límite para el pago de la prima cada vez más cerca, miles de personas buscan aclarar qué ocurre cuando un trabajador renuncia o es despedido antes de junio.
Por: Paula Lorena Rodríguez Vidarte
Periodista
¿Te corresponde prima si fuiste despedido antes de junio? Esto dice la ley.
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Los colombianos se alistan para recibir su prima de servicios antes del 30 de junio, un ingreso que para muchos hogares se convierte en un alivio económico fundamental para cubrir gastos, ponerse al día con deudas, realizar compras pendientes o incluso reservar unas vacaciones a mitad de año.
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Este pago, que los empleadores tienen la obligación de consignar durante el primer semestre del año, también suele generar dudas entre los trabajadores sobre quiénes tienen derecho a recibirlo y cómo funciona cuando una persona ya no se encuentra vinculada a la empresa. Uno de los casos más frecuentes ocurre cuando el trabajador renunció o fue despedido durante 2026.
Ante esta situación, muchas personas se preguntan si aún pueden recibir la prima de servicios pese a haber terminado su contrato laboral antes de la fecha de pago.
¿Me pagan la prima si renuncié o me despidieron en 2026?
La respuesta es sí. Si un trabajador renunció o fue despedido durante este año, tiene derecho a recibir la prima de servicios proporcional al tiempo que trabajó, siempre y cuando haya estado vinculado mediante un contrato laboral, ya sea a término fijo, indefinido o por obra o labor.
Además, la forma en que terminó el contrato no afecta este derecho. Es decir, la prima proporcional debe pagarse tanto si la salida se produjo por renuncia voluntaria como por despido con o sin justa causa.
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La norma que regula este beneficio es el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo, modificado por la Ley 1788 de 2016. Allí se establece que la prima corresponde a 30 días de salario por año trabajado y se reconoce en dos pagos: uno en junio y otro en diciembre. Cuando el trabajador no completa el semestre, el pago debe realizarse de manera proporcional al tiempo laborado.
¿Cómo calcular la prima de servicios y qué hacer si no te la pagan?
Si el trabajador renuncia antes de junio o diciembre, la empresa debe incluir en la liquidación final el valor correspondiente a la prima causada hasta la fecha de retiro. Lo mismo ocurre en caso de despido, ya que la terminación del contrato no elimina las prestaciones sociales que ya fueron generadas.
La fórmula general para calcularla es: salario base multiplicado por los días trabajados y dividido entre 360. En algunos casos también se tiene en cuenta el auxilio de transporte, además de conceptos salariales como comisiones u horas extras.
Por ejemplo, una persona que ganaba $2 millones mensuales y trabajó 90 días durante el semestre tendría derecho a una prima aproximada de $500.000.
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Cabe mencionar que, no tienen derecho a esta prestación los contratistas por prestación de servicios, trabajadores independientes, aprendices con contrato de aprendizaje y empleados con salario integral, debido a que este último ya incorpora el valor de las prestaciones.
Si el empleador no realiza el pago correspondiente, el trabajador puede reclamar directamente ante la empresa, acudir al Ministerio del Trabajo o iniciar las acciones legales necesarias para exigir el reconocimiento de este derecho.













