Libreta militar en Colombia: estas personas pueden quedar exentas de prestar el servicio
La llegada de la mayoría de edad trae consigo varios trámites para los jóvenes colombianos, entre ellos definir su situación militar.
Por: Paula Lorena Rodríguez Vidarte
Periodista
¿Quiénes pueden evitar prestar el servicio militar obligatorio en Colombia?
Colprensa.
Prestar el servicio militar es un proceso que deben definir muchos jóvenes en Colombia al llegar a la mayoría de edad. De acuerdo con la normativa vigente, los ciudadanos deben resolver su situación militar y realizar los trámites correspondientes ante las autoridades de reclutamiento.

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Sin embargo, no todas las personas están obligadas a incorporarse a las Fuerzas Militares. La legislación colombiana contempla diferentes excepciones para quienes, por razones familiares, personales o condiciones establecidas en la ley, pueden solicitar quedar exentos de prestar este servicio.
Para acceder a estas excepciones, los ciudadanos deben demostrar que cumplen con alguna de las causales establecidas y presentar los documentos requeridos durante el proceso de definición de su situación militar.
¿Quiénes no tienen que prestar el servicio militar obligatorio en Colombia?
Entre las personas que pueden quedar exentas del servicio militar se encuentran quienes sean hijos únicos de padre o madre, debido a la responsabilidad que pueden tener frente al cuidado, acompañamiento y apoyo de sus familiares.
También pueden solicitar la exoneración los ciudadanos que tengan una discapacidad física, psíquica o sensorial permanente, siempre que esta condición les impida desarrollar las actividades propias de la vida militar.
La ley igualmente contempla casos relacionados con responsabilidades familiares. En este grupo se encuentran los padres de familia, las personas que son responsables económicamente de su hogar y quienes dependen de sus ingresos para garantizar el cuidado de familiares que no pueden valerse por sí mismos.
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Asimismo, los ciudadanos que acrediten estar casados y mantener una vida conyugal permanente, o quienes tengan una unión marital de hecho reconocida legalmente, pueden acceder a esta causal de exención.
En cada caso, las autoridades encargadas del reclutamiento deberán verificar la documentación presentada para determinar si la persona cumple con las condiciones establecidas por la normativa.
¿Qué otros colombianos pueden solicitar la exoneración del servicio militar?
Además de las situaciones familiares y personales, la legislación colombiana contempla otros motivos por los cuales una persona puede quedar exenta de prestar el servicio militar obligatorio.
Entre estos casos se encuentran los integrantes de comunidades indígenas, negras, afrodescendientes, raizales, palenqueras y Rrom, siempre que acrediten su pertenencia a estas comunidades y demuestren la conservación de sus tradiciones culturales.

También pueden solicitar la exoneración quienes presenten objeción de conciencia, una figura que aplica para las personas que, por razones éticas, filosóficas o religiosas, tienen una oposición profunda a participar en actividades militares.
La normativa también incluye algunos familiares de integrantes de la Fuerza Pública que hayan fallecido o adquirido una discapacidad permanente como consecuencia de hechos relacionados con el servicio.
De igual manera, algunos ministros religiosos o miembros de comunidades religiosas dedicados permanentemente a su culto pueden estar incluidos dentro de las excepciones contempladas por la ley.
Es importante tener en cuenta que estar exento de prestar el servicio militar no significa que el ciudadano quede automáticamente sin obligaciones. En muchos casos, debe adelantar el proceso correspondiente para definir su situación militar y obtener la libreta militar.
Las condiciones para acceder a estas excepciones están establecidas principalmente en la Ley 1861 de 2017, junto con las modificaciones que se han realizado posteriormente sobre el proceso de reclutamiento en Colombia.













