Declaración de renta 2026: esto pasa si no declaras a tiempo

No declarar renta o hacerlo después del plazo puede generarte sanciones económicas muy fuertes. La Dian tiene diferentes reglas según cada caso, y aquí te contamos cuales son.

Por: Sara Stephania López

Periodista
 Declaración de renta 2026 y sanciones de la Dian por presentar tarde o no declarar

Declarar renta después de la fecha establecida o no hacerlo puede generar sanciones e intereses ante la Dian

Imagen generada con Inteligencia Artificial

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Si este año te toca presentar declaración de renta, vale la pena que entiendas bien qué está en juego si te atrasas o si simplemente no declaras. La Dian tiene reglas distintas para cada escenario, y el valor que puedes terminar pagando varía bastante según tu caso. Aquí te explicamos todo, paso a paso.

¿Quiénes deben declarar renta en 2026?

La declaración que presentas este año corresponde al año gravable 2025, y aplica para personas naturales residentes en Colombia que durante ese año cumplieron con alguna de las condiciones que fija la Dian.

Entre esas condiciones están tener un patrimonio bruto (es decir, el valor total de tus bienes, sin restarle deudas) superior a 224.096.000, o haber tenido ingresos brutos (todo lo que recibiste antes de descontar gastos) de 69.719.000 o más.

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Ese mismo monto ($69.719.000) aplica si tus consumos con tarjeta de crédito, tus compras, tus consignaciones bancarias o tus inversiones financieras superaron esa cifra durante el año. También entra en esta obligación quien haya sido responsable del IVA al 31 de diciembre de 2025, es decir, quien tenía que cobrar y declarar ese impuesto por su actividad económica.

 

 

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¿Qué pasa si declaras renta después de la fecha establecida?

Cuando presentas tu declaración después del plazo, pero lo haces por tu cuenta, sin que la Dian te haya llamado la atención primero, te aplican lo que se conoce como sanción por extemporaneidad. Aquí el cálculo cambia según tu situación:

  • Si tienes impuesto a cargo (es decir, si te toca pagar), la sanción es del 5 % de ese valor por cada mes o fracción de mes que te demores, con un tope máximo del 100 % del impuesto.
  • Si tu declaración no genera impuesto a cargo, el cálculo se hace sobre el 0,5 % de tus ingresos brutos por cada mes de atraso.
  • Si tampoco tuviste ingresos en el año, se toma como referencia el 1 % de tu patrimonio líquido, que es el valor de tus bienes después de restarle tus deudas.

 

 

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¿Qué pasa si no declaras renta?

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La situación cambia de forma importante cuando estabas obligado a declarar y simplemente no lo hiciste. En ese caso, la Dian puede imponerte una sanción del 20 % sobre tus consignaciones bancarias o tus ingresos brutos del periodo, según la información que tengan disponible sobre ti.

También pueden tomar como referencia el 20 % de los ingresos brutos de tu última declaración presentada, dependiendo de cuál dato les resulte aplicable a tu caso.

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Si después de que la Dian te haga un llamado formal sigues sin declarar, el proceso puede avanzar hacia otros trámites administrativos y de cobro, que suelen ser más largos y complicados de resolver.

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El piso que aplica en todos los casos

Tanto si declaras tarde como si no declaras, existe un valor mínimo que la ley no permite bajar, sin importar qué tan bajo dé el cálculo por porcentaje.

Ese mínimo se calcula usando algo llamado UVT (Unidad de Valor Tributario), que es una cifra de referencia que el Gobierno actualiza cada año y que se usa para calcular impuestos, sanciones y otros valores tributarios.

Este año, 2026, la UVT quedó en 52.374, y la sanción mínima corresponde a 10 UVT, es decir, 523.740. Esto quiere decir que, así tu cálculo por porcentaje dé un resultado más bajo, terminarás pagando ese valor como piso. Y si el cálculo da más alto, pagas lo que resulte de la fórmula.

Además de la sanción, si te queda un impuesto pendiente de pago, la Dian también te cobra intereses moratorios sobre ese saldo mientras siga sin pagarse, algo similar a los intereses que te cobraría un banco por una deuda atrasada. Por eso el costo total de incumplir puede terminar siendo la suma de la sanción más esos intereses, y no solo uno de los dos.

Lo más importante es que identifiques tu fecha y la tengas presente: declarar tarde y no declarar son dos situaciones distintas, cada una con sus propias reglas, así que entender la diferencia te puede ahorrar un dolor de cabeza más adelante.

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