¿Cuánto dinero recibirán Abelardo de la Espriella e Iván Cepeda por reposición de votos tras la segunda vuelta presidencial?
Las campañas presidenciales podrán acceder a este mecanismo, aunque el valor final dependerá de los gastos acreditados ante el Consejo Nacional Electoral.
Por: Laura Gutierrez Valbuena
Periodista
Las campañas de Abelardo de la Espriella e Iván Cepeda podrán acceder al mecanismo de reposición de votos luego de la segunda vuelta presidencial.
Colprensa/Lina Gasca
Tras los resultados de la segunda vuelta presidencial, las campañas de Abelardo de la Espriella e Iván Cepeda quedaron habilitadas para solicitar la reposición de gastos electorales, un mecanismo mediante el cual el Estado reconoce recursos según la cantidad de votos obtenidos y los gastos que hayan sido reportados oficialmente.
El resultado electoral dejó al candidato de la derecha, Abelardo De la Espriella con una votación superior a los 12.900.000 millones de sufragios, mientras que Iván Cepeda alcanzó más de 12.700.000 millones de votos. Estas cifras permiten que ambas campañas superen ampliamente los requisitos establecidos para acceder al reconocimiento económico.
Sin embargo, ¿eso significa que recibirán automáticamente una suma calculada por cada voto?, ante este panorama, la respuesta es no. Aunque existe una fórmula de reposición, el Consejo Nacional Electoral (CNE) revisa los informes contables y únicamente reconoce los gastos que estén debidamente soportados.
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¿Cómo se calcula el valor de reposición de votos de la segunda vuelta presidencial?
La reposición de votos funciona como un reembolso parcial de los recursos invertidos durante la campaña electoral. Para la segunda vuelta presidencial, el Estado estableció un reconocimiento aproximado de $2.109 pesos por cada voto válido obtenido. Sin embargo, aunque al multiplicar este valor por la cantidad de votos logrados por los candidatos la cifra estimada supera los 26.000 millones de pesos, el mecanismo de reposición no funciona como un pago automático basado únicamente en el número de sufragios.
Según los reportes entregados al sistema de "Cuentas Claras" del CNE, la campaña de Abelardo de la Espriella registró gastos cercanos a los $10.025 millones de pesos, mientras que la campaña de Iván Cepeda reportó inversiones aproximadas de $10.403 millones de pesos durante esta contienda electoral.
Con estos datos, el monto de reposición podría ubicarse alrededor de esas cifras, siempre que los gastos sean aprobados después de la revisión correspondiente. La cifra final dependerá del análisis técnico y administrativo que adelante el organismo electoral.
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¿Cuánto dinero podría recibir Abelardo de la Espriella por reposición de votos?
El pago de estos recursos no ocurre inmediatamente después de la elección, ya que las campañas deben entregar informes financieros completos, con facturas y documentos que respalden cada gasto registrado. Posteriormente, el CNE verifica la información antes de autorizar cualquier desembolso.
Según el escrutinio final de la jornada electoral, Abelardo de la Espriella, quien resultó elegido como presidente, alcanzó un total de 12.959.542 votos y quien podría recibir aproximadamente $10.025 millones de pesos por concepto de reposición de votos, es decir, lo que invirtió en su campaña política.
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¿Cuánto dinero podría recibir Iván Cepeda por reposición de votos?
Por su parte, el candidato del Pacto Histórico registró 12.708.712 votos y la inversión de su campaña fue aproximadamente de $10.403 millones de pesos, por lo que este sería el valor que recibiría el candidato en este ejercicio.
Es importante aclarar que el tope máximo de gasto permitido en campaña para la segunda vuelta era de $18.243 millones de pesos por candidato, cifra que ninguno de los dos alcanzó, por lo cual la inversión total será regresada a cada uno.
Así, la reposición de votos representa una devolución estatal destinada a cubrir parte de la inversión electoral, pero no constituye un premio adicional por ganar o perder una elección. El dinero que reciban De la Espriella y Cepeda dependerá finalmente de los soportes aprobados por las autoridades electorales.













