Barranquilla podría convertirse en capital alterna de Colombia: así es la propuesta de Abelardo de la Espriella y esto dice la constitución

El presidente electo Abelardo de la Espriella anunció que presentará un acto legislativo para que Barranquilla sea reconocida como capital alterna de Colombia.

Por: Juana Medina Alvarez

Periodista
Barranquilla podría convertirse en capital alterna de Colombia: así es la propuesta de Abelardo de la Espriella y esto dice la constitución

Abelardo de la Espriella anunció que buscará impulsar una reforma constitucional para que Barranquilla sea reconocida como capital alterna de Colombia.

Colprensa / Freepik

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El presidente electo Abelardo de la Espriella anunció que presentará ante el Congreso un proyecto de acto legislativo para que Barranquilla sea reconocida como capital alterna de Colombia.

El anuncio lo hizo durante un acto público en Barranquilla, donde aseguró que gobernará desde las regiones.

Sin embargo, aunque un presidente puede impulsar una iniciativa de este tipo, no puede convertir por sí solo a Barranquilla en capital alterna, ya que la medida implicaría modificar la Constitución Política de Colombia.

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¿Qué fue lo que propuso Abelardo de la Espriella?

Durante su intervención, el mandatario electo afirmó:

"Se acabó el olvido, se acabó la desidia, se acabó el abandono centralista. Un hijo de esta tierra se sentará en pocos días en el solio de Bolívar (...) uno de nuestros primeros proyectos de acto legislativo es que se reconozca a la ciudad de Barranquilla como la capital alterna de Colombia".

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¿Puede el presidente convertir a Barranquilla en capital alterna?

El presidente sí puede presentar un proyecto de acto legislativo, pero la decisión final depende del trámite que establece la Constitución para modificar su contenido.

En este caso, la iniciativa tendría que convertirse en una reforma constitucional, por lo que deberá surtir el procedimiento previsto para este tipo de proyectos.

La Constitución colombiana establece tres mecanismos para modificar su contenido:

  • Un acto legislativo aprobado por el Congreso de la República.
  • Un referendo constitucional, mediante votación ciudadana.
  • Una Asamblea Nacional Constituyente.

Como la propuesta anunciada por Abelardo de la Espriella se tramitaría mediante un acto legislativo, el primer paso sería radicar oficialmente el proyecto en el Congreso.

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¿Cómo sería el trámite del proyecto?

Una vez radicado, el proyecto deberá cumplir varias etapas:

  • La Secretaría General del Congreso asignará un número de radicación.
  • El proyecto será enviado a la comisión constitucional competente para iniciar su estudio.
  • El texto será publicado en la Gaceta del Congreso para conocimiento público.
  • Posteriormente deberá surtir los debates y votaciones establecidos para las reformas constitucionales.

Solo si supera todo el trámite legislativo podrá convertirse en una modificación de la Constitución.

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¿También podría hacerse mediante referendo?

La Constitución permite que algunas reformas constitucionales sean sometidas a un referendo ciudadano. En ese escenario sería necesario:

  • Solicitar el formulario oficial ante la Registraduría Nacional.
  • Recolectar las firmas exigidas dentro del plazo legal.
  • Que la Registraduría valide las firmas presentadas.
  • Convocar una votación nacional.
  • Que participe al menos la cuarta parte del censo electoral.
  • Que la opción del Sí obtenga la mitad más uno de los votos válidos.

Solo después de cumplir todos esos requisitos una reforma mediante referendo podría entrar en vigencia.

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Por ahora, la propuesta anunciada por el presidente electo representa una iniciativa política que aún deberá recorrer el trámite constitucional correspondiente antes de convertirse en una realidad.