¿Te deben pagar más por trabajar en un día cívico en Colombia? Esto dice la ley
La declaratoria del 17 de abril como día cívico en Colombia ha generado dudas sobre su alcance, especialmente en materia de trabajo y remuneración.

Día cívico en Colombia este 17 de abril: ¿Quiénes trabajan y si hay pago extra?
Ilustración con apoyo de la IA
El próximo 17 de abril de 2026 en Colombia será día cívico, luego de que el Gobierno nacional lo decretara como una jornada especial. Aunque para muchos esto puede interpretarse como un descanso similar a un festivo, lo cierto es que la medida tiene un alcance distinto en términos legales y laborales, lo que ha generado dudas sobre quiénes trabajan y si habrá pago adicional.
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A diferencia de los festivos establecidos por ley, regulados por el Código Sustantivo del Trabajo y la Ley 51 de 1983, el día cívico no hace parte del calendario oficial de días de descanso obligatorio, por lo que su aplicación depende de cada sector.
¿Quiénes trabajarán el día cívico en Colombia 2026?
El decreto que establece el día cívico aplica principalmente para el sector público, donde suele declararse como día no hábil. En estos casos, las entidades estatales pueden suspender la atención al público y algunas actividades administrativas, aunque deben garantizar la continuidad de servicios esenciales.
En contraste, el sector privado no está obligado a acogerse a esta medida. Esto significa que empresas de comercio, transporte, salud y otros sectores productivos podrán operar con normalidad y exigir el cumplimiento de la jornada laboral habitual.

En la práctica, esto se traduce en que una gran parte de los trabajadores en Colombia sí deberá laborar el 17 de abril, pese a la declaratoria de día cívico, ya que la decisión final recae en cada empleador.
¿Habrá pago extra por trabajar el día cívico en Colombia 2026?
La respuesta está directamente en la ley. El Código Sustantivo del Trabajo establece que los recargos salariales aplican únicamente en casos específicos, como:
- Trabajo en domingos
- Trabajo en festivos oficiales
Estos días de descanso obligatorio están definidos por la Ley 51 de 1983, que regula los festivos en el país.
Como el día cívico no está incluido dentro de estas normas, no se considera un día de descanso obligatorio. Por esta razón, no genera recargo ni pago extra para quienes trabajen durante esa jornada.
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En consecuencia, los trabajadores que deban cumplir con sus funciones el 17 de abril recibirán su salario ordinario, como cualquier día laboral. Solo en casos donde el empleador decida voluntariamente otorgar algún beneficio adicional podría haber un reconocimiento extra, pero esto no es una obligación legal.
Así las cosas, el día cívico será una jornada atípica en el país, pues, mientras algunas entidades públicas cerrarán, gran parte del sector privado continuará operando con total normalidad y sin cambios en la remuneración de sus trabajadores.













