¿Quiénes deben pagar el impuesto al patrimonio en Colombia en 2026 y desde qué monto aplica?

Los cambios en los montos de pago de este impuesto para la vigencia 2026 en el país podría impactar a más contribuyentes de lo esperado.

¿Quiénes deben pagar el impuesto al patrimonio en Colombia en 2026 y desde qué monto aplica?

El impuesto al patrimonio en 2026 aplicará a más contribuyentes según nuevos umbrales y medidas fiscales en Colombia.

Ilustración con apoyo de la IA

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El impuesto al patrimonio en Colombia vuelve a ser protagonista, finalizando este trimestre del 2026, tras los ajustes impulsados por el Gobierno nacional en medio de las medidas fiscales extraordinarias.

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Este impuesto, que grava la riqueza acumulada, no aplica para todos los ciudadanos, pero sí amplía su base de contribuyentes frente a los años anteriores. 

¿Quiénes están obligados a pagar el impuesto al patrimonio en Colombia para el año 2026?

Para este año, el impuesto al patrimonio aplica tanto a personas naturales como jurídicas, dependiendo del tipo de norma vigente. Es decir, deben pagarlo quienes sean contribuyentes del impuesto sobre la renta y cumplan ciertos topes de niveles de riqueza establecidos.

Esto incluye a personas naturales, las sucesiones ilíquidas y también empresas o sociedades, nacionales o extranjeras, con bienes en el país.

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¿Desde qué monto se debe pagar este impuesto en Colombia?

Uno de los puntos de mayor importancia y determinante para los contribuyentes tiene que ver con el valor del patrimonio líquido, en términos más claros, activos menos deudas, que para 2026, existen varios umbrales según la normativa aplicable.

En un principio, algunas disposiciones señalan que el impuesto se activa desde patrimonios superiores a 40.000 UVT, equivalente a $2.094.960.000 pesos. Sin embargo, en el caso del impuesto extraordinario a empresas, el umbral es mucho más alto: 200.000 UVT, es decir, más de $10.474 millones.

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¿Qué tarifas y condiciones se deben tener en cuenta en 2026?

Las tarifas del impuesto al patrimonio en 2026 son progresivas, lo que significa que aumentan según el nivel de riqueza. En algunos casos pueden ir desde el 0,5% hasta el 5% para los patrimonios más altos.

Para empresas bajo el decreto de emergencia, la tarifa general establecida es del 0,5%, con tasas más altas para sectores específicos como el financiero o extractivo.

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