ICA en Bogotá 2026: ¿quiénes deben declarar y pagar antes del 12 de junio?
La cuenta regresiva ya comenzó para miles de contribuyentes en Bogotá. La Secretaría de Hacienda recordó que este viernes 12 de junio vence el plazo para cumplir con una obligación tributaria clave que financia obras, servicios y programas para la ciudad.
Por: Juana Medina Alvarez
Periodista
Impuesto de Industria y Comercio en Bogotá: fecha límite para declarar ICA
Foto Freepik
La Secretaría Distrital de Hacienda hizo un llamado a los contribuyentes del impuesto de Industria y Comercio (ICA) para que no dejen el trámite para última hora. El plazo para declarar y pagar el segundo bimestre de 2026, correspondiente a los meses de marzo y abril, vence este viernes 12 de junio.
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La entidad recordó que este impuesto aplica para personas naturales, jurídicas, sociedades de hecho, comerciantes, empresarios, profesionales independientes y prestadores de servicios que desarrollen actividades industriales, comerciales o de servicios gravadas en Bogotá.
De acuerdo con cifras de Hacienda, con corte al 2 de junio de 2026 el recaudo por ICA alcanzó los 3,24 billones de pesos, equivalente al 41 % de la meta anual fijada en 8 billones de pesos.
Según explicó el director de Impuestos, Pablo Verástegui, cumplir con esta obligación dentro de los tiempos establecidos evita sanciones, intereses y costos adicionales para los contribuyentes.
¿Quiénes deben declarar y pagar el ICA en Bogotá?
Para este segundo bimestre de 2026 deben presentar declaración los contribuyentes que durante el año gravable 2025 tuvieron un impuesto a cargo superior a 391 UVT, equivalentes a 19.471.409 pesos.
Asimismo, están obligadas a pagar ICA las personas naturales, empresas o sociedades que desarrollen actividades económicas gravadas en la ciudad, como:
- Venta de productos.
- Prestación de servicios.
- Actividades industriales.
- Actividades comerciales.
Además, quienes pertenezcan al régimen común y registren ingresos netos superiores a 43.498 UVT durante el periodo declarado deberán pagar también la sobretasa bomberil, que corresponde al 1 % del impuesto ICA liquidado.
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Aporte voluntario para apoyar la educación superior
La Secretaría de Hacienda destacó que, además del pago del impuesto, los contribuyentes tienen la posibilidad de realizar un aporte voluntario equivalente al 3 %, 5 % o 10 % del valor liquidado.
Estos recursos estarán destinados a apoyar programas que faciliten el acceso de jóvenes bogotanos a la educación superior.

Errores frecuentes al declarar el ICA
La entidad advirtió que algunos de los errores más comunes al momento de presentar la declaración son:
- Descontar retenciones fuera del plazo permitido.
- Reportar ingresos obtenidos fuera de Bogotá sin los soportes correspondientes.
- Aplicar retenciones para cubrir el impuesto complementario de avisos y tableros.
Hacienda recordó que las retenciones únicamente pueden descontarse del valor correspondiente al ICA.
¿Cómo pagar el ICA en Bogotá?
Los contribuyentes pueden realizar el trámite de manera virtual a través de la página oficial de la Secretaría de Hacienda.
También pueden efectuar el pago presencialmente en los puntos de atención especializada ubicados en:
- Calle 114 con avenida 19.
- Plaza de las Américas.
- SuperCADE CAD.
En estos puntos se reciben pagos en efectivo y con tarjetas débito o crédito Visa y MasterCard, incluso para obligaciones de años anteriores.
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Evite fraudes al realizar el trámite
La Secretaría de Hacienda recomendó ingresar únicamente a los canales oficiales para realizar cualquier gestión relacionada con impuestos distritales.
Las autoridades insistieron en que los ciudadanos deben escribir directamente la dirección oficial en el navegador y evitar acceder mediante enlaces enviados por terceros o mensajes sospechosos.
Para resolver dudas o ampliar información, los contribuyentes pueden consultar los canales oficiales de la entidad y sus redes sociales, donde publica permanentemente novedades y recordatorios sobre obligaciones tributarias en Bogotá.













