Gobierno elimina cuota moderadora y copago en EPS para ciertos afiliados del país: ¿Quiénes son?

Los servicios de salud tienen nuevas condiciones para un grupo de afiliados afectados por la emergencia nacional del terremoto de magnitud 7.4 presenciado el pasado 10 de agosto.

Por: Laura Gutierrez Valbuena

Periodista
Gobierno elimina cuota moderadora y copago en EPS para ciertos afiliados del país: ¿Quiénes son?

Afiliados afectados por la emergencia podrán acceder a servicios de salud bajo condiciones especiales durante un periodo determinado.

Ilustración con apoyo de la IA

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El Gobierno Nacional estableció una medida temporal para facilitar el acceso a los servicios de salud de las personas afectadas por el terremoto en Colombia ocurrido el pasado 10 de agosto de 2026. A través del Decreto 1415 de 2026, se determinó que los damnificados que cumplan con los requisitos establecidos no tendrán que asumir cuotas moderadoras ni copagos en las EPS durante un periodo de 12 meses.

La disposición busca evitar que los gastos asociados a la atención médica representen una barrera adicional para las familias afectadas por la emergencia. El beneficio no se extiende de manera general a cualquier persona que haya experimentado consecuencias por el sismo, pues existen condiciones de identificación y validación que deben cumplirse.

 

 

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¿Quiénes podrán acceder a la exención de cuota moderadora y copago en las EPS en Colombia?

El beneficio está dirigido a las personas que hayan sido reconocidas oficialmente como damnificadas por el terremoto del 10 de agosto de 2026. Para ello, deben aparecer registradas en el Registro Único de Damnificados (RUD) de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD).

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Además, su afiliación al sistema de salud debe encontrarse validada en la Base de Datos Única de Afiliados (BDUA) y la medida contempla tanto a personas pertenecientes al régimen contributivo como al régimen subsidiado, siempre que cumplan las condiciones establecidas por el Gobierno Nacional.

¿Qué servicios de salud estarán cubiertos para los beneficiarios?

Durante la vigencia de la medida, quienes estén cobijados podrán recibir los servicios y tecnologías en salud que requieran sin pagar cuotas moderadoras ni copagos. La exención tendrá una duración de 12 meses y podrá aplicarse aunque la atención se reciba en un lugar diferente al territorio donde ocurrió la emergencia.

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Un aspecto relevante es que estos valores tampoco podrán ser cobrados posteriormente a los beneficiarios terminado el periodo de la emergencia. De esta manera, la exención no representa simplemente un aplazamiento del pago, sino la eliminación de esos cobros durante el periodo temporal definido por el decreto.

Gobierno elimina cuota moderadora y copago en EPS para ciertos afiliados del país: ¿Quiénes son?
Colprensa/Freepik

¿Qué deben tener en cuenta los afiliados a las EPS para recibir este beneficio?

La inscripción como damnificado en el RUD y la validación de la afiliación en la BDUA son elementos fundamentales para determinar quiénes están cobijados. Por ello, haber sufrido afectaciones por el terremoto NO significa, por sí solo, que una persona quede automáticamente incluida en este beneficio de salud.

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El Decreto 1415 también contempla otras acciones para atender la emergencia sanitaria, entre ellas recursos para reparar, reconstruir y dotar hospitales públicos afectados, además de medidas dirigidas a mantener la continuidad de los servicios de salud en los departamentos del Valle del Cauca, Chocó, Risaralda, entre otros.