Deudas en Colombia no se extinguen con la muerte

En Colombia, las deudas no se extinguen con la muerte del deudor. La ley contempla mecanismos para que los acreedores recuperen su dinero.

Deudas en Colombia no se extinguen con la muerte

Deudas no desaparecen tras la muerte: qué dice la ley

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Prestar dinero entre personas cercanas es una práctica común en Colombia. La dificultad para acceder al crédito formal, los trámites exigentes del sistema financiero y la necesidad de obtener recursos de forma inmediata llevan a que muchos préstamos se realicen entre familiares, amigos o conocidos. Sin embargo, cuando ocurren situaciones inesperadas, como la muerte del deudor, surgen dudas sobre la posibilidad real de recuperar el dinero prestado.

La legislación colombiana es clara: las obligaciones económicas no desaparecen con el fallecimiento del deudor. Aunque el proceso puede volverse más complejo, existen herramientas legales que protegen a los acreedores y permiten exigir el pago de la deuda dentro del marco jurídico vigente.

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Deudores no se salvan de sus obligaciones, incluso si fallecen

El Código Civil colombiano regula los préstamos entre particulares a través del contrato de mutuo. Según el artículo 2221, este acuerdo implica la entrega de una suma de dinero u otros bienes fungibles, con la obligación de restituir una cantidad equivalente del mismo género y calidad. En otras palabras, el compromiso de pago no se extingue por la sola voluntad de las partes ni por hechos posteriores, como la muerte.

A su vez, el Código de Comercio, en su artículo 1163, establece que el deudor debe pagar los intereses legales comerciales cuando el préstamo involucra dinero, reforzando así la responsabilidad financiera adquirida desde el inicio del acuerdo.

¿Qué pasa con una deuda cuando el deudor muere?

Cuando una persona fallece, sus obligaciones pasan a formar parte de la herencia. Esto significa que, si el deudor dejó bienes, los acreedores pueden solicitar que dichas obligaciones se cubran con el patrimonio heredado antes de que este sea repartido entre los herederos.

En estos casos, es clave que el préstamo esté respaldado por un documento válido. Uno de los más utilizados es la letra de cambio, un título valor que permite exigir el pago de una suma de dinero en un plazo determinado. Para que tenga validez legal, debe cumplir con los requisitos del artículo 621 del Código de Comercio, como la mención clara del derecho incorporado y la firma de quien la emite.

La ley en Colombia ampara a quienes prestan dinero

El abogado Jackson Peláez ha explicado que, si el deudor fallecido dejó bienes, el acreedor puede demandar a los herederos y solicitar medidas como el embargo y secuestro de los bienes antes de que se adelante el proceso de sucesión. Este procedimiento está respaldado por el artículo 87 del Código General del Proceso.

La norma permite dirigir la demanda contra herederos determinados o indeterminados, incluso si estos aún no han aceptado formalmente la herencia. En caso de no manifestar su rechazo dentro de los plazos legales, se entiende que aceptan la herencia para efectos procesales, incluyendo las deudas asociadas.

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Un respaldo legal en medio de situaciones complejas

Aunque el fallecimiento de una persona implica trámites familiares y emocionales delicados, la ley colombiana busca equilibrar los derechos de todas las partes. De esta manera, se protege a quienes prestaron dinero de buena fe y se garantiza que las obligaciones financieras sean atendidas conforme a la ley.

En conclusión, morir no borra las deudas en Colombia. Los acreedores cuentan con mecanismos legales claros para reclamar su dinero, siempre que actúen dentro de los procedimientos establecidos y cuenten con los soportes necesarios.

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