Santa Marta restringe circulación de motos durante tres días: Esto se sabe

La medida de movilidad aplica a toda la ciudad junto a otros vehículos similares y contempla algunas excepciones.

Por: Laura Gutierrez Valbuena

Periodista
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Motociclistas deberán tener en cuenta las disposiciones establecidas para la circulación en Santa Marta durante los próximos días.

Colprensa

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La circulación de motocicletas tendrá restricciones temporales en Santa Marta debido a las condiciones de seguridad que atraviesa la ciudad. La Alcaldía Distrital estableció la medida mediante el Decreto N.º 432 de 2026, en medio de las alteraciones del orden público registradas en la capital del Magdalena y sectores cercanos.

La disposición empezó a aplicarse desde las 4:00 p.m. del martes 22 de septiembre y permanecerá vigente hasta el jueves 24 de septiembre del 2026. La decisión incluye diferentes tipos de vehículos de dos, tres y cuatro ruedas, por lo que los conductores deberán revisar las condiciones establecidas antes de movilizarse durante este periodo.

 

 

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¿Hasta cuándo estará restringida la circulación de motos en Santa Marta?

La restricción se mantiene durante tres días y cobija a todo el Distrito de Santa Marta, pues de acuerdo con el decreto, la disposición comprende como una medida que hace parte de las acciones distritales adoptadas frente al escenario de seguridad que se presenta actualmente en la ciudad.

¿Qué vehículos están incluidos dentro de esta medida en Santa Marta?

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No se trata únicamente de motocicletas convencionales, pues la restricción también contempla otros vehículos similares, entre ellos motociclos, mototriciclos, motocarros y cuatrimotos.

Durante la vigencia del decreto, las autoridades realizarán controles para verificar que se cumpla la disposición y la Policía Metropolitana trabajará junto con la Secretaría de Movilidad Multimodal y Sostenible, junto a otras entidades encargadas de la vigilancia de la medida.

 

 

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¿Quiénes pueden movilizarse pese a la restricción de movilidad en Santa Marta?

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El decreto contempla excepciones relacionadas principalmente con funciones oficiales, seguridad y atención de emergencias. Entre ellas están los vehículos de las Fuerzas Militares, Policía Nacional, CTI de la Fiscalía, Inpec y otros organismos con funciones legalmente asignadas.

Es importante que los residentes tengan en cuenta que las excepciones incluyen situaciones como el traslado de personas afectadas en su salud, la atención de desastres o calamidades y otras actividades vinculadas con la seguridad. También están contemplados vehículos de entidades públicas y aquellos destinados a atender emergencias, siempre que se encuentren debidamente identificados.