Estos son los trabajadores a los que NO se les reduce la jornada laboral de las 42 horas semanales desde el 15 de julio del 2026

Esta medida comienza a regir esta semana, pero con la excepción que no cobija a todos los trabajadores. Estas son las excepciones previstas por la ley.

Por: Laura Gutierrez Valbuena

Periodista
Estos son los trabajadores a los que NO se les reduce la jornada laboral de las 42 horas semanales desde el 15 de julio del 2026

La reducción de la jornada laboral a 42 horas semanales comienza a regir desde el 15 de julio, aunque la medida contempla excepciones para algunos trabajadores en Colombia.

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La cuenta regresiva para la entrada en vigor de la jornada laboral máxima de 42 horas semanales en Colombia está por terminar. Desde el próximo miércoles 15 de julio del 2026 culmina el proceso gradual establecido por la Ley 2101 de 2021, una normativa que busca mejorar el equilibrio entre la vida personal y el trabajo sin afectar el salario ni las prestaciones de los empleados.

Aunque millones de trabajadores verán reflejado este cambio en sus horarios, la reducción no aplica para todos los trabajadores del territorio nacional. La legislación contempla varios casos en los que la medida no aplica, ya sea por el tipo de vínculo laboral, el régimen especial que los cobija o la naturaleza de las funciones que desempeñan. 

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¿Qué trabajadores SÍ tendrán la jornada laboral de 42 horas en Colombia para 2026?

La reducción beneficiará principalmente a los trabajadores vinculados mediante contrato laboral en el sector privado, sin importar el tamaño de la empresa o la actividad económica que desarrollen. También aplica para algunos empleados del Estado cuyo vínculo laboral se rige por el Código Sustantivo del Trabajo.

La norma establece que la disminución de horas no puede representar una reducción en el salario, las prestaciones sociales ni otros derechos adquiridos. Además, la distribución de las 42 horas podrá realizarse en cinco o seis días a la semana, siempre que exista acuerdo entre las partes y se respete el día de descanso obligatorio.

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¿Qué trabajadores colombianos NO tendrán reducción de la jornada laboral?

La Ley 2101 mantiene varias excepciones, pues entre quienes NO accederán a la jornada máxima de 42 horas están los contratistas por prestación de servicios, trabajadores independientes y servidores públicos que cuentan con estatutos especiales diferentes al Código Sustantivo del Trabajo. Tampoco aplica para miembros de la Fuerza Pública, congresistas y otros funcionarios con regímenes propios.

Asimismo, los empleados que desempeñan cargos de dirección, confianza o manejo continúan sujetos a reglas especiales sobre su tiempo de trabajo. En algunos casos también existen jornadas diferenciadas para labores consideradas peligrosas o insalubres y para menores de edad autorizados para trabajar, quienes tienen límites específicos según su edad.

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¿Qué otros cambios trae la entrada en vigor de las 42 horas laborales en Colombia?

La reducción de la jornada también implica un ajuste en el valor de la hora ordinaria, ya que el salario mensual permanece igual, pero se distribuye sobre una menor cantidad de horas trabajadas. Como consecuencia, el cálculo de las horas extras, recargos nocturnos, dominicales y festivos también cambia desde la entrada en vigencia de la medida y aumenta con el pago del 90% de estos.