¿Cuál es el valor de la multa por incumplir las restricciones de motos durante Halloween en Bogotá?
La restricción de movilidad tendrá horarios específicos y controles en vías principales de la capital. Conoce las sanciones y las excepciones.
Por: Laura Gutierrez Valbuena
Periodista
Las autoridades de movilidad de Bogotá implementarán medidas especiales para motociclistas durante Halloween y el puente festivo de noviembre.
Colprensa/ Diego Pineda
La celebración de Halloween en Bogotá tendrá medidas especiales de movilidad para los motociclistas durante las noches del 29, 30 y 31 de octubre, así como el 1 y 2 de noviembre de 2026. La administración distrital anunció restricciones para reducir los riesgos en las vías y prevenir situaciones que afecten la seguridad y la convivencia durante el puente festivo.
Las disposiciones contemplan dos limitaciones diferentes:
- Una relacionada con el transporte de acompañantes.
- Otra que prohíbe la circulación de motocicletas en determinados corredores viales durante la noche y la madrugada.
Por eso, los conductores deben revisar las condiciones establecidas para evitar sanciones económicas y posibles medidas adicionales por parte de las autoridades de tránsito.
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¿Cuánto debe pagar un motociclista por incumplir las restricciones de movilidad durante la celebración de Halloween?
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Según la secretaria de Movilidad, quienes desatiendan las restricciones deberán asumir un comparendo de $633.200. Esta sanción aplica para los conductores que infrinjan las medidas de movilidad anunciadas para las jornadas de Halloween.
Además del impacto económico, las autoridades advierten que, si se presentan comportamientos violentos o situaciones que alteren el orden público, también podría producirse la inmovilización de la motocicleta, según las circunstancias del caso.
¿En qué horarios estará prohibido circular con parrillero y por cuáles vías de Bogotá rige esta restricción?
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La primera medida restringe el tránsito de motocicletas con acompañante entre las 6:00 p. m. y las 6:00 a. m. del día siguiente, durante las noches del 29, 30 y 31 de octubre y del 1 y 2 de noviembre. Esta disposición estará vigente hasta las 6:00 a. m. del martes 3 de noviembre.
La segunda establece la prohibición de circulación de motocicletas entre las 8:00 p. m. y las 4:00 a. m. en 19 corredores, entre ellos las autopistas Norte y Sur, la avenida Boyacá, la avenida Ciudad de Cali, la calle 26, la calle 80, la carrera Séptima y las avenidas Suba y Las Américas.
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¿Qué motocicletas están exentas de las restricciones en Bogotá?
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El Distrito contempla excepciones para vehículos vinculados a organismos de emergencia, entidades de salud, Fuerza Pública, autoridades de tránsito y empresas de servicios públicos domiciliarios, entre otros.
También se incluyen motocicletas que transporten personas con discapacidad y aquellas utilizadas para servicios de mensajería y domicilios, siempre que cumplan los requisitos de identificación establecidos.
Los conductores cobijados por estas excepciones deben verificar las condiciones aplicables a su actividad y portar los documentos o distintivos exigidos. Consultar la información oficial antes de salir permitirá conocer el alcance de las medidas y evitar inconvenientes durante Halloween.
















