Alcalde de Bogotá propone 60% de descuento en deudas de impuestos y multas

Este posible beneficio tributario sería una alternativa para ponerse al día con algunas obligaciones pendientes ante el Distrito.

Por: Laura Gutierrez Valbuena

Periodista
Alcalde de Bogotá propone 60% de descuento en deudas de impuestos y multas

La propuesta contempla un descuento sobre intereses y sanciones de determinadas obligaciones con el Distrito.

Colprensa/Cristian Bayona

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El alcalde de Bogotá, Carlos Fernando Galán, anunció una propuesta que podría representar un alivio para ciudadanos con deudas pendientes por impuestos y multas de tránsito. La medida está incluida en el 'Proyecto de Acuerdo 724 de 2026, por una ciudad inteligente', que se discute en el Concejo de Bogotá y que contempla modificaciones tributarias y otros mecanismos para facilitar el pago de obligaciones en mora.

De acuerdo con la Administración distrital, el beneficio no consiste en eliminar la deuda completa, pues la propuesta establece un descuento del 60 % sobre intereses y sanciones, mientras que el deudor tendría que asumir la totalidad del capital y el 40 % restante de esos intereses de mora. 

 

 

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¿Qué deudas podrían recibir el descuento en intereses moratorios del 60 % en Bogotá?

La propuesta contempla obligaciones relacionadas con:

  • Impuesto predial.
  • Impuesto de vehículos.
  • ICA.
  • Delineación urbana.
  • Multas y sanciones de tránsito que hayan entrado en mora hasta el 30 de junio de 2024.

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La medida busca que las personas que tienen obligaciones pendientes puedan ponerse al día con el Distrito bajo unas condiciones más accesibles de pago a las que normalmente enfrentarían por los intereses y sanciones acumulados.

¿Cómo funcionaría el alivio para los ciudadanos con deudas tributarias en Bogotá?

Quien quiera acogerse al beneficio tendría que pagar el 100 % del capital adeudado y, sobre los intereses y sanciones generados por la mora, el ciudadano solo tendría que cancelar el 40 % de estos, mientras que el 60 % restante sería catalogado como un descuento contemplado por este proyecto distrital. 

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Esto significa que el porcentaje anunciado no se aplicaría directamente sobre el valor principal de la deuda. Por ejemplo, si una obligación tiene un capital pendiente y adicionalmente acumula intereses o sanciones, el descuento recaería sobre estos últimos conceptos.

 

 

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¿Qué falta para que esta medida tributaria empiece a regir en Bogotá?

No se trata todavía de un beneficio que los ciudadanos puedan solicitar automáticamente, pues la propuesta hace parte del Acuerdo 724 de 2026, cuyo trámite corresponde al Concejo de Bogotá. La discusión en plenaria continúa durante este mes y la Administración distrital ha señalado que el proyecto debe surtir el proceso correspondiente antes de convertirse en una medida aplicable.

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Según la información publicada por el Distrito, de aprobarse la iniciativa, el plazo previsto para acogerse a los alivios sería hasta el 21 de diciembre de 2026, bajo las condiciones establecidas en el acuerdo.